El seguro de prima única que el banco te metió en la hipoteca es abusivo.

Miles de hipotecas llevan escondida, dentro de la cláusula del capital, una transferencia de varios miles de euros a la aseguradora del propio banco: el seguro de amortización del préstamo, pagado de golpe por todos los años y financiado con el propio préstamo. El Tribunal Supremo lo declaró abusivo en junio de 2026. Se recupera la prima y los intereses que pagaste por ella.

Reclamación
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STS 913/2026 · 11 de junio de 2026
★ 4,9 Google · Solo cobramos un % de lo que te recuperamos · Más de 25 años de experiencia
Qué te cobró el banco

Seis cosas que pasaron el día que firmaste.

Ninguna de ellas te la explicaron. Todas juntas son lo que el Tribunal Supremo ha declarado abusivo.

01 · La prima

Pagaste treinta años de seguro por adelantado

De golpe, al firmar

En lugar de una prima anual, el banco te cobró una prima única que cubría toda la vida del préstamo. En el caso que resolvió el Supremo: 24.467 € sobre un capital de 151.547 €, es decir más del 16% del préstamo.

02 · La aseguradora

La compañía la eligió el banco

Siempre de su grupo

No te ofrecieron contratar con otra aseguradora, aunque diera las mismas garantías. El artículo 12.4 de la Directiva 2014/17/UE te da derecho a elegir proveedor. El Supremo considera que ese derecho se infringió.

03 · Los intereses

Pagaste intereses sobre el seguro

Durante todo el préstamo

Como la prima se sumó al capital, has estado pagando intereses sobre ella cuota a cuota. El TJUE, en sentencia de 23 de abril de 2026, ha prohibido expresamente cobrar intereses sobre lo que es coste del crédito y no capital.

04 · La TAE

La prima no estaba en la TAE

Coste real oculto

El artículo 11.4 de la Directiva obliga a incluir las primas de los seguros vinculados en la TAE. Al no estar, la cifra que comparaste con otras ofertas era falsa: nunca supiste lo que de verdad te costaba el dinero.

05 · El beneficiario

El seguro era del banco, no tuyo

Tomador y beneficiario

Pagabas tú, pero en la póliza el tomador y beneficiario es la entidad. El Supremo lo subraya: el diseño tenía como finalidad primordial proteger el cobro del banco, no a tu familia.

06 · La alternativa

Nunca te ofrecieron prima anual

Ni valor de rescate

Ni la opción de una prima temporal anual renovable —muchísimo más barata— ni información sobre cómo se calcula el valor de rescate. La Dirección General de Seguros califica esta práctica de inadecuada desde 2006.

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Autodiagnóstico

Los cuatro requisitos que el Supremo exige.

No todo seguro vinculado a una hipoteca es reclamable. Estos son los cuatro puntos que la sentencia valora, y cuantos más se cumplan, más sólido es el caso.

Requisito 1

La aseguradora es del grupo del banco

Allianz Popular Vida con Banco Popular, VidaCaixa o SegurCaixa con CaixaBank, BBVA Seguros con BBVA, Mapfre Vida con Bankia, Sabadell Vida con Sabadell… Si el nombre de la póliza se parece sospechosamente al del banco, esto se cumple. Lo decisivo es que no te ofrecieran otra compañía con garantías equivalentes.

Requisito 2

La prima es única y está financiada

El importe se pagó entero al principio y salió del capital del préstamo, no de tu bolsillo. Si en la escritura hay una transferencia a la aseguradora el mismo día de la firma, está financiada. Y debe tratarse de un préstamo de larga duración: veinte, treinta, cuarenta años.

Requisito 3

No hubo alternativa ni información

Que no conste que te ofrecieran un seguro de prima anual renovable, ni los criterios de cálculo del valor de rescate, ni el coste real de financiar la prima. El Supremo da mucho peso a este punto, y la carga de la prueba es del banco, no tuya.

Requisito 4

El seguro no te bonificaba el interés

Si contratar el seguro no te rebajó el tipo ni te dio otra ventaja financiera, el caso es claro. Si sí funcionaba como bonificación, el banco tiene argumento de defensa y hay que estudiarlo con cuidado: te lo diremos antes de reclamar, no después.

Calculadora gratuita

¿Cuánto queda por devolver?

El cálculo no es la prima entera: al importe se le descuenta la parte de seguro ya consumida. Introduce los datos de tu escritura y te damos un rango orientativo.

Lo que nadie te cuenta

Aquí el tiempo juega en tu contra.

Es la diferencia más importante entre esta reclamación y cualquier otra del banco. Y conviene entenderla antes de decidir.

En gastos de hipoteca o en cláusula suelo, esperar no te cuesta dinero: lo que pagaste ya está pagado y los intereses legales corren a tu favor. Con el seguro de prima única ocurre lo contrario.

El Tribunal Supremo ordena devolver la prima «deducida la parte proporcional consumida», y precisa que el cálculo se hace con efectos desde la firmeza de la sentencia. De hecho, el Supremo corrigió en este punto a la sentencia de primera instancia, que lo computaba desde la presentación de la demanda. Lo razona así: hasta que la nulidad se declara en firme, el seguro ha estado cubriendo de verdad el riesgo, y esa cobertura tiene un valor.

La consecuencia práctica es directa: cada año que pasa se consume un trozo más del seguro y queda menos por devolver. En un préstamo a cuarenta años firmado en 2017, en 2028 se habrían consumido unos once años —algo más de una cuarta parte— y quedaría en torno al 72% por restituir. Diez años después, bastante menos.

De ahí dos decisiones que tomamos en todos estos casos: no esperar, y agotar primero la vía extrajudicial. Un acuerdo con el banco en unos meses deja más dinero en tu bolsillo que una sentencia ganada tres años después.

Y una nota de transparencia, porque preferimos decirlo en la web antes que en una reunión: si tu hipoteca es muy antigua y el seguro ya ha corrido casi todos sus años, es posible que la cantidad a recuperar sea pequeña. Te lo diremos en el estudio gratuito, con números, antes de que tomes ninguna decisión.

Documentación

Cuatro papeles y sabemos si tienes caso.

Con esto nos basta para decirte, gratis, si en tu hipoteca hay prima única y cuánto se puede reclamar. Si te falta alguno, lo pedimos nosotros al banco.

01.
La escritura del préstamo hipotecario. Es el documento clave. Hay que mirar la cláusula financiera primera, el apartado de entrega del capital y finalidad: ahí aparece la orden de transferencia a la aseguradora. En la sentencia del Supremo era el párrafo cuarto del apartado 1.2.
02.
La Ficha de Información Personalizada o la oferta vinculante. Busca el apartado de vinculaciones y otros costes. Si el seguro aparece ahí como condición financiera del préstamo, es prueba de que se impuso — y es justo lo que llevó al Supremo a considerarlo condición general.
03.
La solicitud de adhesión o certificado individual del seguro. Suele ir entre los anexos de la escritura, con el membrete de la aseguradora. Es donde figura el importe exacto de la prima, quién es el tomador y quién el beneficiario.
04.
El cuadro de amortización. Nos permite calcular qué parte de los intereses que has pagado corresponde a la prima financiada. Si no lo tienes, sirve cualquier extracto o lo solicitamos a la entidad.
Cómo lo hacemos

Cuatro pasos hasta tu dinero.

01.
Estudiamos la escritura y la póliza. Comprobamos los cuatro requisitos de la STS 913/2026 y calculamos la prima, los intereses pagados sobre ella y la parte pendiente de consumir. Gratis y sin compromiso.
02.
Reclamamos al banco cuanto antes. Requerimiento formal al servicio de atención al cliente. En este producto la rapidez no es un eslogan: cada mes de retraso reduce lo recuperable.
03.
Demandamos si no hay acuerdo. Preparamos la demanda invocando el artículo 82.1 TRLGDCU, los artículos 11.4 y 12.4 de la Directiva 2014/17/UE, la STS 913/2026 y la STJUE de 23 de abril de 2026. Y pedimos las costas: el Supremo las mantuvo a cargo del banco incluso con estimación parcial.
04.
Recuperamos el dinero. Nos ocupamos de la ejecución hasta que el importe de la prima y sus intereses están en tu cuenta.
Estudio gratuito

Mándanos la escritura. La revisamos gratis.

Un abogado del bufete mirará tu escritura personalmente y te dirá si lleva prima única, si cumple los requisitos del Supremo y cuánto se puede recuperar hoy. Con números y sin compromiso.

  • Estudio sin coste y sin compromiso
  • Confidencialidad absoluta · el banco no se entera
  • Respuesta en menos de 24 horas laborables
Jurisprudencia aplicable

Las resoluciones que respaldan tu reclamación.

Esta reclamación no se apoya en interpretaciones: se apoya en una sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2026 y en una del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de abril del mismo año.

STS 913/2026 · 11 junio 2026

La prima única impuesta es abusiva

Sentencia de la Sala Primera (rec. 6043/2021, ponente Vela Torres). Declara nula por abusiva la cláusula que impone contratar el seguro de amortización con una aseguradora del grupo del banco y mediante prima única en un contrato de larga duración. Unifica la doctrina contradictoria que venían aplicando las audiencias provinciales.

STJUE C-744/24 · 23 abril 2026

No se pueden cobrar intereses sobre el coste del crédito

El Tribunal de Justicia declara que «importe total del crédito» y «coste total del crédito» son conceptos mutuamente excluyentes: el tipo de interés no puede aplicarse sobre cantidades destinadas a pagar costes del propio crédito, como la prima de un seguro. El Supremo la invoca expresamente.

Directiva 2014/17/UE · arts. 11.4 y 12.4

Derecho a elegir tu aseguradora

El artículo 12.4 obliga al prestamista a aceptar la póliza de otro proveedor con garantías equivalentes; el 11.4, a incluir las primas de los seguros vinculados en la TAE. El plazo de trasposición venció el 21 de marzo de 2016, así que se aplica a las hipotecas firmadas desde entonces por el principio de interpretación conforme.

DGSFP · desde 2006

Veinte años advirtiendo de lo mismo

La Dirección General de Seguros viene declarando, como mínimo desde el Informe Anual de su Servicio de Reclamaciones de 2006, que exigir un seguro de vida a prima única por todo el periodo del préstamo, cargado al prestatario mediante un incremento del capital, es una práctica inadecuada y en ciertas ocasiones claramente abusiva.

STS 119/2004 y 222/2017

El seguro y el préstamo llevan vidas paralelas

Doctrina clásica sobre el seguro de amortización: no es un contrato independiente, sino una cláusula de garantía del préstamo. Sirve para rechazar el argumento habitual del banco de que son dos negocios separados y que el seguro no es asunto suyo.

STS 241/2013 y 222/2015

Es condición general aunque la llamen «orden de transferencia»

El Supremo recuerda que una cláusula es condición general con independencia de su apariencia externa, y que lo es incluso si regula un elemento esencial del contrato. Con eso desmonta la defensa de que el párrafo litigioso era un simple expositivo sin contenido obligacional.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Qué es exactamente el seguro de prima única de la hipoteca?
Es un seguro de vida o de amortización del préstamo cuyo coste completo —todos los años de cobertura— se paga de golpe al firmar la hipoteca, y ese importe se suma al capital prestado. Es decir: no solo pagas el seguro, sino también los intereses de financiarlo durante toda la vida del préstamo. En la escritura casi nunca aparece como un seguro: suele ir disfrazado de simple «orden de transferencia» dentro de la cláusula del capital.
¿Cómo sé si en mi hipoteca me colaron una prima única?
Mira la cláusula financiera primera de la escritura, el apartado de entrega del capital. Si hay una transferencia a una compañía de seguros por varios miles de euros, ahí está. También puedes buscar en la Ficha de Información Personalizada o en la oferta vinculante, en el apartado de vinculaciones y otros costes. Y entre los anexos de la escritura suele haber un documento de la aseguradora titulado «Solicitud de adhesión» o «Certificado individual». Si nos envías la escritura, te lo decimos gratis.
¿Qué dice exactamente el Tribunal Supremo?
La STS 913/2026, de 11 de junio, declara nula por abusiva la cláusula que impone al prestatario contratar el seguro de amortización con una aseguradora del mismo grupo que el banco y mediante prima única en un contrato de larga duración. El Supremo razona que infringe el artículo 12.4 de la Directiva 2014/17/UE, porque el banco no facilitó contratar con otra compañía; que la prima debería haberse incluido en la TAE; y que la cláusula no es solo poco transparente, sino abusiva, por el grave desequilibrio que supone no poder conocer el coste real de la financiación.
¿Cuánto dinero se recupera?
El banco debe devolver el importe de la prima única con sus intereses pactados, descontando la parte proporcional ya consumida. En el caso resuelto por el Supremo la prima era de 24.467 euros sobre un préstamo de 151.547 —más del 16% del capital— en una hipoteca a cuarenta años. Cuando el préstamo es reciente y de larga duración, lo recuperable puede ser la mayor parte de la prima más los intereses que pagaste por financiarla.
¿Me conviene esperar?
No, y aquí está la gran diferencia con otras reclamaciones. El Supremo fija que la parte proporcional consumida se descuenta con efectos desde la firmeza de la sentencia, no desde la demanda. Dicho de otro modo: cada año que pasa se consume más seguro y queda menos por devolver. En gastos de hipoteca o cláusula suelo esperar no perjudica; aquí sí.
Mi hipoteca ya está pagada o cancelada. ¿Puedo reclamar?
La nulidad de la cláusula se puede declarar igualmente, porque una cláusula abusiva es nula de pleno derecho. Pero conviene ser honestos con el cálculo: si el seguro ya ha corrido todos sus años, la parte consumida es prácticamente la totalidad y queda poco o nada por restituir. En cancelaciones anticipadas hay margen de discusión sobre el valor de rescate, y eso lo valoramos caso por caso antes de reclamar nada.
¿Y si el seguro me bajaba el tipo de interés?
Entonces el caso es más difícil, y preferimos decírtelo antes que después. El Supremo subraya expresamente que en el asunto que resolvió no constaba que contratar el seguro hubiera supuesto una reducción del tipo ni ninguna otra ventaja financiera. Si en tu escritura la prima funcionaba como bonificación del interés, el banco tiene un argumento de defensa. Sigue habiendo vía —la elección de aseguradora y la TAE—, pero el análisis cambia.
¿Cuánto cuesta reclamar con vosotros?
El estudio de tu escritura es gratuito y sin compromiso. Si el caso es viable, trabajamos con cuota litis: solo cobramos un porcentaje de lo que te recuperamos. Si no recuperamos nada, no pagas honorarios.
¿Contra quién se reclama, contra el banco o contra la aseguradora?
Contra el banco. La cláusula abusiva está en el contrato de préstamo y es el prestamista quien la impuso; además, en estos seguros el banco figura como tomador y beneficiario. La sentencia del Supremo condena a la entidad financiera a devolver la prima con sus intereses.
¿Tengo que ir a juicio?
No necesariamente. Empezamos siempre por una reclamación extrajudicial, que en este producto tiene además una ventaja muy concreta: cuanto antes se resuelva, menos parte del seguro se habrá consumido. Si el banco no atiende la reclamación, preparamos la demanda.

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