Cancela tus deudas y empieza de nuevo con la Ley de Segunda Oportunidad.

Si tienes deudas que no puedes pagar y eres deudor de buena fe, la Ley de Segunda Oportunidad te permite cancelarlas íntegramente y empezar de cero. La reforma de 2022 simplificó el procedimiento: ya no hay obligación de intentar acuerdo extrajudicial previo y se incluyen también deudas con Hacienda y Seguridad Social.

Defensa
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Cancelación media · 50.000 €
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Qué es

La Ley de Segunda Oportunidad, en una explicación clara.

La Ley 25/2015 de Segunda Oportunidad, ampliamente reformada por la Ley 16/2022 concursal, permite a particulares (consumidores y autónomos) cancelar todas sus deudas cuando no pueden hacer frente a ellas. La figura jurídica se llama Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) y supone, literalmente, el perdón judicial de las deudas pendientes — empiezas de cero.

Para acogerte tienes que cumplir tres requisitos básicos: (1) ser deudor de buena fe — no haber actuado dolosamente al endeudarte; (2) no haber sido condenado por delitos económicos en los 10 años anteriores; y (3) haber colaborado con el procedimiento aportando información veraz. La reforma de 2022 eliminó la exigencia de intentar previamente un acuerdo extrajudicial y rebajó muchas barreras anteriores.

El alcance es muy amplio: se incluyen deudas con bancos, financieras, fondos buitre, Hacienda y Seguridad Social (estas dos últimas con un límite combinado de 10.000 €). Quedan fuera solo las deudas por alimentos, las derivadas de responsabilidad civil por delito y las multas penales. Todo lo demás — préstamos, tarjetas, hipotecas sobrantes, créditos al consumo, deudas con proveedores — se exonera íntegramente.

Qué obtienes

Lo que cancelas con la exoneración.

La Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) es, técnicamente, la cancelación judicial de tus deudas pendientes. El alcance es amplio y el efecto inmediato: dejas de deber el dinero, los acreedores no pueden reclamártelo y los embargos se levantan.

01 · Préstamos y tarjetas

Deudas con bancos

100% canceladas

Préstamos personales, tarjetas de crédito, líneas de descubierto, créditos al consumo de cualquier banco o financiera. Todas las deudas pendientes se exoneran íntegramente.

02 · Hacienda y SS

Deudas públicas

Hasta 10.000 € exonerables

La reforma de 2022 incluye deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social hasta 10.000 € combinados (los primeros 5.000 € de cada una se exoneran al 100%, el resto se reestructura).

03 · Fondos buitre

Cesionarios de deuda

100% canceladas

Si tu deuda fue vendida a un fondo buitre (Cabot, Lindorff, EOS, Hoist, Axactor...), también queda exonerada. La cesión no impide la aplicación de la EPI sobre esa deuda.

04 · Hipoteca

Deuda hipotecaria pendiente

Reestructurable

La hipoteca de tu vivienda habitual puede mantenerse mediante un plan de pagos viable. La deuda hipotecaria sobrante (después de ejecución, si la hubo) se exonera íntegramente.

05 · Embargos

Levantamiento de embargos

Inmediato

Una vez declarado el concurso y aprobada la EPI, los embargos sobre nóminas, cuentas y bienes se levantan. Recuperas el control de tu salario y patrimonio.

+ Empezar de cero

Cancelación en ficheros

Sales de Asnef, RAI...

Una vez exoneradas las deudas, los ficheros de morosos deben cancelarte. Recuperas tu solvencia comercial y puedes acceder a productos financieros normales.

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¿Puedes acogerte a la Segunda Oportunidad?

Responde cuatro preguntas básicas. En segundos te decimos si cumples los requisitos generales y la cantidad estimada que podrías cancelar.

Cómo lo hacemos

Cuatro pasos hasta cancelar tus deudas.

01.
Estudio de viabilidad sin coste. Analizamos tu situación: deudas, acreedores, patrimonio, ingresos. Te confirmamos si cumples los requisitos de buena fe y la cantidad exacta que se puede cancelar. Si no es viable, te lo decimos sin compromiso.
02.
Preparación del expediente concursal. Reunimos toda la documentación necesaria: contratos, extractos, declaraciones de Hacienda, informes médicos si proceden... Construimos el caso para presentarlo al Juzgado de lo Mercantil.
03.
Concurso de acreedores y EPI. Presentamos el concurso y solicitamos directamente la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (la reforma de 2022 permite hacerlo en una sola pieza). Mientras dura el procedimiento, los embargos quedan suspendidos y los acreedores no pueden reclamarte.
04.
Resolución y cancelación de ficheros. Tras la sentencia firme, las deudas quedan exoneradas judicialmente. Tramitamos la cancelación en Asnef, Equifax, RAI y demás ficheros para que recuperes tu solvencia comercial completa.
Estudio gratuito

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Déjanos tus datos y un abogado del bufete revisará tu situación personalmente. En menos de 24 horas recibirás un informe con la viabilidad de la Segunda Oportunidad, la cantidad cancelable y el plan de actuación. La conversación es confidencial y sin compromiso.

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  • Respuesta en menos de 24 horas laborables
Marco legal aplicable

Las normas que respaldan tu segunda oportunidad.

El marco legal de la Segunda Oportunidad ha evolucionado significativamente desde 2015 — siempre ampliando el alcance y simplificando los requisitos. Estas son las tres normas clave.

Ley 25/2015 · 28 julio 2015

La ley fundacional

Introduce por primera vez en España el mecanismo de Segunda Oportunidad para particulares. Permite cancelar deudas pendientes mediante el procedimiento concursal cuando el deudor cumple los requisitos de buena fe.

Ley 16/2022 · 5 septiembre 2022

Reforma concursal — la transformación

Reforma profunda de la Ley Concursal: elimina el acuerdo extrajudicial previo, incluye deudas públicas (hasta 10.000 € de Hacienda y SS), permite la EPI directa y simplifica plazos. Tu mejor escenario procesal.

Directiva UE 2019/1023

Marco europeo de reestructuración

La Directiva europea sobre marcos de reestructuración preventiva obliga a los Estados Miembros a establecer mecanismos efectivos de exoneración de deudas. España la transpone con la Ley 16/2022, ampliando los derechos del consumidor.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Voy a perder mi vivienda si me acojo a la Segunda Oportunidad?
No necesariamente. La vivienda habitual puede mantenerse mediante un plan de pagos viable que respete la cuota hipotecaria si tus ingresos lo permiten. Si la hipoteca ya está en ejecución y la vivienda se va a perder, la deuda hipotecaria sobrante después de la subasta se exonera íntegramente. La estrategia depende de cada caso.
¿Tengo que tener un mínimo de deudas para acogerme?
No hay un mínimo legal estricto, pero la práctica habitual es a partir de 15.000-20.000 €. Por debajo de esa cifra, otras vías (negociación directa, reclamaciones por usura, cancelación de ficheros) suelen ser más eficientes. En el estudio gratuito te decimos exactamente qué vía es la más beneficiosa para tu caso.
¿Y si tengo deudas con Hacienda y la Seguridad Social?
Sí, la reforma de 2022 las incluye. Hasta 10.000 € combinados (5.000 € de cada una) se exoneran al 100%. El importe que exceda esos 10.000 € se reestructura en un plan de pagos a plazos. Es una novedad muy importante respecto a la ley original que excluía las deudas públicas.
¿Cuánto dura el procedimiento?
Entre 6 y 14 meses desde la presentación del concurso hasta la sentencia firme de exoneración. Durante todo el procedimiento, los acreedores no pueden reclamarte ni embargar. La reforma de 2022 ha agilizado mucho los plazos respecto a la ley anterior.
¿Qué pasa con mi nómina o mis ingresos durante el proceso?
Cuando se admite el concurso, se levantan los embargos sobre la nómina. Recuperas el control de tus ingresos. Solo se mantiene la parte de la nómina que excede el doble del Salario Mínimo Interprofesional, y solo si hay plan de pagos aprobado para deudas que no se pueden exonerar.
¿Saldré de Asnef y los demás ficheros?
Sí. Una vez exoneradas las deudas, los ficheros de morosos deben cancelarte. Tramitamos directamente la cancelación en Asnef, Experian, Equifax, RAI y CIRBE. Recuperas tu solvencia comercial completa y puedes acceder a productos financieros normales (cuentas, tarjetas, créditos) en cuestión de meses.
¿Puedo volver a endeudarme después?
Sí, sin restricciones especiales más allá de las normales. Dependiendo del banco, puedes volver a tener cuentas, tarjetas y financiación pasados unos meses. La Segunda Oportunidad no te marca de por vida — al contrario, te devuelve la capacidad financiera plena.
¿Cuánto cuesta el procedimiento?
El estudio inicial es gratuito y sin compromiso. Si decides seguir, trabajamos con honorarios fijos (no porcentaje sobre la deuda) que se pactan al principio en función de la complejidad del caso. Hay que sumar las tasas judiciales y los honorarios del administrador concursal cuando se nombra. En el estudio te detallamos el coste total cerrado para que decidas con toda la información.
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