Embargos, fondos buitre, deudas eternas.
Hay salida legal.

La Ley de Segunda Oportunidad cancela el pasivo insatisfecho tras la liquidación ordenada. Te devuelve la capacidad económica, paraliza los embargos y frena las reclamaciones de los fondos buitre cesionarios. Bien dirigida, es un nuevo comienzo legal y definitivo.

Exoneración legal
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Análisis de viabilidad · 48 h
★ 4,9 Google · Especialistas en insolvencia · Más de 25 años en tribunales
Qué consigue la Segunda Oportunidad

Seis efectos legales de una exoneración bien dirigida.

La Ley de Segunda Oportunidad no solo cancela deudas: paraliza embargos, frena cesionarios y permite la inscripción de la exoneración en el Registro Público Concursal. Bien gestionada, recuperas literalmente el control sobre tu vida económica.

01 · BEPI

Exoneración del pasivo insatisfecho

Cancelación total

Tras la liquidación ordenada, el juez declara la exoneración de las deudas que no han podido pagarse. Definitiva, judicial e inscrita en el Registro Público Concursal — el banco y los acreedores ya no pueden reclamarte.

02 · Paralización ejecuciones

Bloqueo inmediato de embargos

Efecto auto

Desde la solicitud del procedimiento, las ejecuciones individuales (cuentas, salarios, nóminas, bienes muebles) quedan suspendidas. El sobreendeudamiento deja de generar más sobreendeudamiento.

03 · Fondos buitre

Frenado de cesionarios

Reclamaciones canceladas

Los fondos buitre que compraron tu deuda al banco a precio de saldo y ahora te exigen el nominal completo pierden su reclamación. La exoneración cancela esa deuda como cualquier otra.

04 · Plan de pagos

Alternativa a la liquidación

Hasta 3 años

Si conservas patrimonio mínimo o ingresos estables, puedes acceder al plan de pagos: hasta 3 años de plazo para satisfacer parte de las deudas. Al cumplirlo, el resto se exonera.

05 · Liquidación ordenada

Reparto patrimonial controlado

Bajo supervisión judicial

El patrimonio se liquida bajo control del administrador concursal y se reparte entre los acreedores por orden de privilegio. La vivienda habitual puede protegerse en determinadas circunstancias.

06 · Limpieza de ficheros

Salida de morosos (ASNEF, RAI…)

Tras exoneración

Una vez declarada la exoneración, requerimos la cancelación de los datos en ficheros de morosos. La inscripción en el Registro Público Concursal sustituye al estigma del fichero privado.

¿Una deuda que no se va a poder pagar?

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Requisitos legales

Las cuatro condiciones para acceder.

La Ley de Segunda Oportunidad protege al deudor de buena fe. No exonera por defecto a quien la solicita: hay que cumplir cuatro requisitos legales. Te los explicamos antes de tramitar nada.

Requisito 01

Deudor de buena fe

No haber sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, falsedad documental, contra la Hacienda Pública o contra los derechos de los trabajadores en los 10 años anteriores.

Requisito 02

Insolvencia actual o inminente

Imposibilidad real de pagar las deudas a su vencimiento, o previsión cercana de no poder hacerlo. Se acredita con balance, ingresos, gastos, pasivo y proyección de tesorería.

Requisito 03

Voluntad de liquidación ordenada

Aportar a la liquidación los bienes embargables. Algunos quedan excluidos por su carácter inembargable (mínimo vital, vivienda habitual en ciertos casos, herramientas profesionales).

Requisito 04

No haber sido exonerado recientemente

No haber obtenido el beneficio de exoneración del pasivo en los 5 años anteriores. La Segunda Oportunidad es un derecho del deudor honesto, no una herramienta recurrente.

Cómo lo trabajamos

Cuatro fases hasta la exoneración firme.

01.
Análisis de viabilidad. Revisamos tu situación: deudas totales (con bancos, Hacienda, SS, proveedores, fondos buitre), patrimonio, ingresos. Confirmamos que cumples los cuatro requisitos legales y calculamos qué pasivo es exonerable.
02.
Acuerdo extrajudicial de pagos (AEP). Si procede, intentamos primero un acuerdo extrajudicial con los acreedores. Es voluntario pero, si se logra, puede evitar la liquidación judicial.
03.
Concurso consecutivo. Si el AEP no prospera o no aplica, presentamos concurso consecutivo en el juzgado de lo Mercantil. Se liquida el patrimonio embargable bajo control del administrador concursal.
04.
Exoneración del pasivo insatisfecho. Solicitamos la exoneración judicial. El juez declara canceladas las deudas pendientes — definitivo y firmes. Inscribimos la exoneración en el Registro Público Concursal y gestionamos la salida de ficheros de morosos.
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Preguntas frecuentes

Lo que te preguntas antes de empezar.

¿Quién puede solicitar la Segunda Oportunidad?

Personas físicas (autónomos, profesionales, asalariados o sin actividad económica) en situación de insolvencia actual o inminente, que cumplan los cuatro requisitos legales: buena fe (sin condenas económicas), insolvencia probada, voluntad de liquidación ordenada y no haber sido exonerado en los 5 años anteriores.

¿Qué deudas se cancelan exactamente?

Tras la reforma de 2022, son exonerables prácticamente todas: deudas con bancos, créditos personales, tarjetas, préstamos al consumo, cuotas pendientes, fondos buitre cesionarios. Y, en parte, deudas con Hacienda y Seguridad Social (hasta 10.000 € de cada una, según la regulación actual). Se excluyen: créditos por alimentos, indemnizaciones por delito doloso, sanciones penales y multas.

¿Pierdo todos mis bienes en la liquidación?

No. Hay bienes inembargables protegidos por ley: el mínimo vital de ingresos, la herramienta profesional indispensable, el ajuar familiar y el patrimonio inalienable. La vivienda habitual puede protegerse en determinadas circunstancias mediante el plan de pagos alternativo a la liquidación.

¿Cuánto dura el procedimiento?

Entre 8 y 24 meses, dependiendo de la complejidad: si hay AEP previo, si hay bienes que liquidar, si hay impugnaciones de acreedores. La paralización de embargos se obtiene desde el primer momento — el efecto práctico es inmediato.

¿Salgo automáticamente de los ficheros de morosos?

No automáticamente, pero una vez declarada la exoneración requerimos formalmente la cancelación de los datos en ASNEF, RAI y demás ficheros privados. Cumplido el plazo legal, la cancelación es obligatoria. La inscripción en el Registro Público Concursal sustituye al estigma del fichero privado.

¿Cuánto cuesta solicitar la Segunda Oportunidad?

Trabajamos con honorarios cerrados por procedimiento. Tras el análisis inicial gratuito, te entregamos un presupuesto escrito según la complejidad: importe total de deuda, si hay AEP previo, si hay patrimonio que liquidar. Sin variables abiertas y, en muchos casos, con posibilidad de fraccionar el pago.

¿Y la deuda con Hacienda y Seguridad Social?

La reforma de 2022 permite exonerar hasta 10.000 € de deuda con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social. Por encima de esos importes, la deuda pública se mantiene pero puede aplazarse. Es un punto clave que muchos despachos no aplican bien — exige análisis específico.

¿Puedo volver a pedir un crédito después de la exoneración?

Sí, no hay impedimento legal. Sin embargo, la inscripción en el Registro Público Concursal queda visible durante 5 años, lo que puede afectar a la valoración del riesgo por parte de las entidades. La capacidad económica se recupera, pero la reputación crediticia se reconstruye con el tiempo.

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