Resumen ejecutivo

Los tres costes de un pleito contra el banco

Cuando alguien se plantea demandar a su banco —por una tarjeta revolving, por los gastos de la hipoteca o por comisiones indebidas— los costes posibles son solo tres:

  1. Abogado. Es el coste principal. Puede pactarse como presupuesto cerrado o, como hacemos en las reclamaciones bancarias de nuestro despacho, como honorarios a éxito: un porcentaje, pactado por escrito desde el primer día, de lo que efectivamente se recupere.
  2. Procurador. Es el representante procesal ante el juzgado. Sus aranceles están regulados y son moderados; en juicios verbales de menos de 2.000 € ni siquiera es obligatorio.
  3. Tasas y peritos. Las tasas judiciales no existen para las personas físicas desde el Real Decreto-ley 1/2015. Y en la mayoría de reclamaciones bancarias (revolving, comisiones, gastos) no hace falta perito: basta con los contratos y extractos.

Es decir: para un consumidor, el único coste relevante es el de su defensa. Y ese coste, como vas a ver, acaba muchas veces pagándolo el banco.

Las costas: quién paga si ganas

En el proceso civil español rige el criterio del vencimiento (artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil): quien pierde el pleito paga las costas, que incluyen los honorarios del abogado y del procurador de la parte contraria dentro de los límites legales. Si el banco es condenado, además de devolverte el dinero con sus intereses, asume las costas del procedimiento.

En materia de cláusulas abusivas la protección es aún mayor. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencia de 16 de julio de 2020, asuntos C-224/19 y C-259/19) declaró contrario al Derecho de la Unión hacer recaer sobre el consumidor los gastos del proceso cuando obtiene la nulidad de una cláusula abusiva, y el Tribunal Supremo aplica esta doctrina imponiendo las costas a la entidad aunque la estimación económica sea parcial. El mensaje de los tribunales es claro: litigar contra una cláusula abusiva no debe salirle caro al consumidor que tiene razón.

En la práctica

En la gran mayoría de nuestras reclamaciones bancarias ganadas, el cliente recibe su dinero con intereses y las costas se imponen al banco. El resultado neto: recuperar dinero sin haber adelantado nada.

¿Y si pierdo? El riesgo real

Hay que decirlo con honestidad: si la demanda se desestima íntegramente, el juez puede imponerte las costas del banco, salvo que aprecie serias dudas de hecho o de derecho. Ese es el verdadero riesgo de pleitear, y la razón por la que desconfíes de quien te anime a demandar «a ciegas».

La forma profesional de eliminar ese riesgo es simple: no demandar casos débiles. En nuestro despacho el estudio inicial es gratuito precisamente para eso: analizamos el contrato, los extractos y la jurisprudencia aplicable, calculamos cuánto puedes recuperar y solo te proponemos demandar si el caso es sólido. La consecuencia es que la tasa de éxito en reclamaciones bancarias bien seleccionadas es altísima: la jurisprudencia sobre revolving, gastos hipotecarios y comisiones está muy consolidada a favor del consumidor.

Honorarios a éxito: cómo funciona de verdad

  1. Estudio gratuito. Nos envías el contrato y los extractos (o los pedimos nosotros al banco en tu nombre). Te decimos si hay caso y cuánto puedes recuperar.
  2. Porcentaje pactado por escrito. Antes de empezar firmas una hoja de encargo con el porcentaje exacto sobre lo recuperado. Sin sorpresas ni cuotas ocultas.
  3. No adelantas dinero. El despacho asume el trabajo de la reclamación extrajudicial y, si hace falta, de la demanda.
  4. Solo cobramos un porcentaje de lo que te recuperamos. Y si ganamos, lo habitual es que las costas las pague el banco.

¿Compensa reclamar cantidades pequeñas?

Sí, y es un error muy extendido pensar lo contrario. Tres razones:

  1. Las cantidades se acumulan: una comisión de posiciones deudoras de 35 € parece poco, pero quien la sufre suele tener decenas de cargos; con intereses, la reclamación alcanza cientos o miles de euros.
  2. Los intereses legales corren a tu favor desde cada cobro indebido.
  3. Con honorarios a éxito y costas al banco, el importe pequeño no te cuesta dinero a ti: el desincentivo clásico («me gasto más en abogado de lo que reclamo») desaparece.

Cómo reclamar paso a paso

  1. Estudio del caso. Revisamos contrato y extractos y te confirmamos la viabilidad y el importe estimado. Gratis y sin compromiso.
  2. Reclamación al Servicio de Atención al Cliente del banco, con el cálculo exacto. La entidad tiene un plazo máximo para responder.
  3. Demanda si es necesario. Si el banco no responde o rechaza, presentamos demanda. Aquí es donde juegan a tu favor el artículo 394 LEC y la doctrina del TJUE sobre costas.
  4. Cobro y liquidación transparente. Recuperado el dinero, se liquida el porcentaje pactado y las costas se reclaman al banco.
Importante

Cada caso tiene sus plazos y su estrategia. Este artículo es información general y no sustituye al análisis concreto de tu contrato: envíanoslo y te diremos exactamente qué puedes reclamar y con qué coste (normalmente, ninguno para ti).

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Cuánto cuesta demandar a un banco en España?
Con un despacho que trabaja a éxito, iniciar la reclamación puede no costarte nada: el estudio es gratuito y los honorarios se cobran solo si se recupera el dinero, como porcentaje pactado por escrito. Los costes potenciales de un pleito son abogado, procurador y, en algunos casos, peritos; las personas físicas están exentas de tasas judiciales desde 2015.
¿Quién paga las costas si gano el juicio al banco?
Como regla general rige el criterio del vencimiento del artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: si el banco pierde, paga las costas. En materia de cláusulas abusivas, el Tribunal Supremo y el TJUE han reforzado que no se puede cargar al consumidor con los gastos del proceso cuando obtiene la nulidad, aunque la estimación sea parcial en cuanto a las cantidades.
¿Hay que pagar tasas judiciales por demandar al banco?
No, si eres persona física: los consumidores están exentos de tasas judiciales desde el Real Decreto-ley 1/2015. Las empresas pueden tener que abonarlas según el tipo de procedimiento y cuantía.
¿Necesito procurador para demandar a un banco?
En los juicios verbales de cuantía inferior a 2.000 € no son obligatorios ni abogado ni procurador; por encima, sí. En la práctica, la inmensa mayoría de reclamaciones bancarias se tramitan con ambos, y su coste se recupera vía costas si el banco es condenado.
¿Qué pasa si pierdo la demanda contra el banco?
Existe el riesgo de que te impongan las costas del banco, salvo serias dudas de hecho o de derecho apreciadas por el juez. Por eso solo debe demandarse con un caso sólido: en nuestro despacho el estudio previo es gratuito y solo llevamos a juicio reclamaciones viables.
¿Merece la pena reclamar cantidades pequeñas?
Sí, en la mayoría de los casos. Con honorarios a éxito y costas a cargo del banco cuando se gana, incluso reclamaciones de unos cientos de euros (comisiones, posiciones deudoras) resultan rentables para el cliente, que no adelanta dinero.