Reclamaciones bancarias · QuéBueno

Reclamar a QuéBueno: microcréditos con interés usurario

QuéBueno aplica TAE que rondan el 1.000-3.000% anual. Ese nivel de interés es manifiestamente usurario conforme a la Ley Azcárate de 1908, lo que permite anular el contrato, cancelar la deuda pendiente y recuperar todo lo pagado por encima del capital.

QuéBueno concede microcréditos rápidos de pequeño importe y devolución en días o pocas semanas. Al anualizar su coste, las TAEs resultantes alcanzan cifras de cuatro dígitos, radicalmente desproporcionadas respecto del tipo medio del crédito al consumo que publica el Banco de España.

Esa desproporción es directamente atacable por usura conforme a la Ley de 23 de julio de 1908 (Ley Azcárate) y la doctrina del Tribunal Supremo. Los juzgados españoles vienen anulando por usurarios los microcréditos de QuéBueno y de otras plataformas equivalentes. La consecuencia es contundente: el contrato es nulo y el prestatario solo debe devolver el capital que efectivamente recibió, sin intereses, comisiones ni recargos.

TAE típica
1.000-3.000%
muy por encima del límite de usura
Recuperable
el 90-95%
de todo lo pagado por encima del capital
Acción
imprescriptible
se puede reclamar aunque haya pasado tiempo
Por qué se reclama

Lo que QuéBueno hace mal

Los problemas que con más frecuencia analizamos en contratos de QuéBueno y que abren la vía de la reclamación.

01

TAE manifiestamente desproporcionada

El coste anualizado de los préstamos de QuéBueno se sitúa habitualmente en el rango del 1.000-3.000%, muy por encima del tipo medio del mercado para crédito al consumo. Esa diferencia cumple con holgura el supuesto de la Ley Azcárate: interés «notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado».

02

Prórrogas de pago que no reducen la deuda

El producto se sostiene sobre la prórroga: pagas una comisión para retrasar el vencimiento y el capital sigue intacto. Repetido varias veces, el cliente abona mucho más de lo que recibió sin haber amortizado nada.

03

Comisiones de demora abusivas

Cuando el cliente no puede pagar en plazo, QuéBueno aplica intereses de demora y recargos que incrementan aún más el coste total. Esas comisiones son habitualmente reclamables como abusivas, de forma complementaria a la acción de usura sobre el interés principal.

04

Reclamaciones y monitorios frecuentes

QuéBueno es una de las entidades que con más frecuencia acude al juicio monitorio para reclamar impagos. Esa demanda es también la ocasión de oponer la usura del contrato y lograr que la reclamación decaiga.

Ley Azcárate (1908) · STS 149/2020 · Doctrina aplicada por Audiencias Provinciales

Los minicréditos están plenamente sujetos a la doctrina sobre usura

Aunque la STS de 4 de marzo de 2020 trataba específicamente una tarjeta revolving WiZink, su doctrina sobre la comparación con el tipo medio del Banco de España para apreciar usura se aplica con todavía más claridad a minicréditos cuyas TAEs son aún más desproporcionadas. Las Audiencias Provinciales han anulado por usura prácticamente todos los minicréditos analizados.

Lo que puedes recuperar

Preguntas frecuentes

He renovado el préstamo de QuéBueno varias veces. ¿Puedo reclamar?
Sí, y suele ser el mejor escenario. Cada prórroga incrementa lo pagado sin reducir el capital, de modo que la diferencia entre lo recibido y lo abonado —que es lo reclamable— es mayor.
¿Cuánto puedo recuperar?
Depende del número y cuantía de los minicréditos y de las cantidades pagadas. En clientes con uso recurrente de QuéBueno (varios préstamos, renovaciones y recargos), las recuperaciones se sitúan habitualmente entre 1.500 € y 8.000 €, y en algunos casos más.
Estoy en ASNEF por culpa de QuéBueno. ¿Eso afecta la reclamación?
Al contrario: refuerza el caso. La inclusión en ASNEF por una deuda derivada de un contrato usurario es habitualmente indebida y genera derecho a indemnización adicional. Reclamar también extingue el motivo de la inclusión.
¿Tengo que devolver el dinero que me prestaron?
Solo el capital efectivamente recibido, no más. Todo lo pagado por encima (intereses, comisiones, recargos) se considera no debido. En la mayoría de los casos, el cliente ya ha pagado el capital varias veces, por lo que la posición neta final es favorable a recuperar dinero.
¿Cuánto tarda?
Entre 10 y 18 meses hasta sentencia firme. QuéBueno suele defenderse formalmente, pero la doctrina sobre usura hace que la mayoría de estos casos se resuelvan a favor del consumidor y en plazos más cortos que en hipotecas.
QuéBueno me ha presentado un juicio monitorio. ¿Qué puedo hacer?
Oponerse en plazo. Presentamos oposición alegando la nulidad del contrato por usura; declarada la nulidad, solo se debería el capital pendiente y desaparecen intereses y recargos. Si no te opones a tiempo, en cambio, la reclamación puede acabar en ejecución y embargo.

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